1- Nombramiento de representantes titulares y suplentes del consejo superior de trabajo
El Consejo Superior de Trabajo es un órgano permanente de composición tripartita y de carácter deliberativo y consultivo (Decreto Ejecutivo No. 36157-MTSS), cuyo objetivo es contribuir al desarrollo económico y productivo del país y a la consolidación de un sistema democrático de relaciones laborales sustentado en el trabajo decente y en el diálogo social permanente. En función de este objetivo, el Consejo analiza la situación del país en materia de trabajo, empleo y protección social con el fin de proponer y promover las políticas nacionales en este campo.
Está compuesto por tres representantes del Poder Ejecutivo, tres representantes de las organizaciones de empleadores y tres suplentes y tres representantes de las organizaciones de trabajadores con igual número de suplentes.
El Consejo Superior de Trabajo es presidido por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
2- Denuncia ante OIT, violacion libertad sindical, negociación colectiva.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) con sede en Ginebra, Suiza, tiene en su poder la denuncia de cuatro organizaciones sindicales por violación a la libertad sindical, durante la última negociación del incremento salarial para el sector público.
Reunión de las centrales sindicales, San José, Costa Rica, 06 de diciembre del 2018.