El Sindicato de Funcionarios de Públicos de Costa Rica (SIFUPCR) siempre ofreciendo Asesoría y Seguimiento y sus afiliados. Sobre el tema de traslados, ascensos o descensos de funcionarios que se encuentran en una condición de interino en determinada plaza deben de tomar en consideración, que un nombramiento interino en un código vacante o la sustitución de un titular por plazos continuos prolongados, así como los nombramientos en cadena que se originan a partir de éstos, se realizan por períodos máximos de seis meses, como consecuencia de una limitación tecnológica, sin que esto signifique que el trabajador pierde su derecho al nombramiento interino en esa plaza, una vez vencido el plazo indicado en la acción de personal.
En este sentido, no sería factible, de conformidad con la jurisprudencia judicial, el desplazar a un interino para ubicar a otro, sin que medie alguna de las situaciones establecidas en numerosas sentencias relacionadas. Por esa razón es necesario establecer un procedimiento tal, que refleje la situación de hecho correctamente, en virtud de que no es procedente realizar modificaciones de nombramiento a situaciones originales siempre que se mantenga el motivo que originó el nombramiento inicial.
¿Cuál será su aplicación?
Si está usted siendo afectado por la Unidad donde labora por la aplicación incorrecta de la norma, el sindicato SIFUPCR le brinda asesoría profesional a los afiliados presentes y futuros.
Consulta laboral y Asesoría
El sindicato analizará la prueba, uno de los elementos esenciales de todo proceso.
AFÍLIESE hoy mismo por medio de nuestro sitio web o escríbanos al correo electrónico: [email protected] estaremos en contacto pronto.