La negociación colectiva es parte sustantiva del derecho de sindicalización y uno de los objetivos más importantes frente a los empleadores, expresada en contratos colectivos. Los contratos colectivos, son una herramienta fundamental para la determinación de condiciones de empleo decente y negociar salarios dignos.
La Confederación Sindical de Trabajadoras y Trabajadores de las Américas (CSA), en Conjunto con las Centrales Sindicales de Costa Rica: CTRN, Central Social Juanito Mora Porras, Confederación Unitaria de Trabajadores – CUT, Central Del Movimiento de los Trabajadores Costarricenses CMTC, convocan al FORO SINDICAL “La Convención Colectiva en el sector público de Costa Rica: Desafíos”
Ante una corriente economicista de corte neoliberal, que en los últimos años ha puesto el debate nacional sobre las Convenciones Colectivas y lo profundiza en este 2016, encontrando eco a nivel internacional, tratando de colocar los Derechos Humanos Económicos y Sociales, reducidos a un enfoque de mercancía o privilegio y no como derecho de todas las personas en un marco de diálogo social y de democracia económica.
Recordando, que estos derechos tienen como fundamento los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relacionados con la libertad sindical y la negociación colectiva (Convenio núm. 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, Convenio núm. 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, Convenio núm. 151 sobre las relaciones de trabajo en la administración pública y Convenio núm. 154 sobre la negociación colectiva); se encuentran reconocidos en instrumentos internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, así como en la Constitución de la República y demás legislación laboral nacional.
Que tal como afirma la OIT, “la negociación colectiva constituye un mecanismo de promoción del diálogo, la participación y la regulación concertada de las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores. Este proceso y su resultado que son los acuerdos colectivos, así como la función que cumplen, han sido objeto de reconocimiento jurídico nacional e internacional”. Que la misma OIT plantea: “en tiempos de crecimiento económico como en tiempos de crisis, la negociación colectiva aparece como un instrumento idóneo y efectivo de búsqueda de consensos y contribución a la paz y al diálogo social con influencia directa en la gobernabilidad democrática” Y la reconoce como “un medio de encauzamiento, prevención y solución de los conflictos laborales a través de la decisión autónoma de trabajadores y empleadores”.
No obstante estos elementos, las organizaciones sindicales de Costa Rica han denunciado ante la comunidad nacional e internacional un grave atropello a la libertad sindical por parte de la Unión Costarricense de Cámaras de la Empresa Privada, UCAEPP, incluso con acciones de inconstitucionalidad contra convenciones colectivas suscritas recientemente y debidamente homologadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, MTSS, o exigiendo la revisión a la baja de conquistas, en la mayor parte de las pocas existentes, contraviniendo con esas prácticas un acto libre y voluntario entre las partes, adoptado a tenor del Convenio 98 de la OIT y en contraposición a lo establecido en el artículo 62 de nuestra Constitución Política cuando dice: “Tendrán fuerza de ley las convenciones colectivas de trabajo que, con arreglo a la ley, se concierten entre patronos o sindicatos de patronos y sindicatos de trabajadores legalmente organizados”, precepto constitucional, vigente desde el 7 de noviembre de 1949, que aplica con idéntica fuerza jurídica tanto para favorecer la clase trabajadora del sector público como para la del sector privado.
Que este postulado constitucional, pretende ser derogado con una acción abusiva e ilegal, mediante el proyecto de empleo público, expediente legislativo No. 19.506, que se quiere disfrazar bajo el título de “Ley para regular las remuneraciones adicionales al salario base y el auxilio de cesantía en el sector público”.
Las organizaciones sindicales estamos convencidas de que dicho Proyecto de Ley se focaliza en un ataque directo a las convenciones colectivas de trabajo; que bajo la excusa de regular los pluses salariales reconocidos a la clase trabajadora del sector Público, se pretende atentar contra la propia Constitución Política Costarricense, contra un Derecho Humano fundamental reconocido en la legislación mundial en materia laboral como la adoptada tripartitamente en la OIT, se pretende eliminar todos los elementos jurídicos y jurisprudenciales del Derecho Laboral costarricense en materia de convenciones colectivas de trabajo acumulados durante varias décadas y desde la emisión misma del actual Código de Trabajo, en 1943 y que, de concretarse la intención de “matar” la convención colectiva, a su vez, se estaría matando al sindicato.
Vemos como ahora los mismos proponentes, reconocen que los salarios que se le pagan a los empleados públicos, no son los responsables del déficit fiscal, con lo que se les cae uno de sus principales argumentos ficticios en esta cruzada antisindical.
Vemos como este ataque a la Negociación Colectiva, se dirige también contra la nueva ley de Reforma Procesal Laboral (RPL), que aún no ha entrado en vigencia, ya que ésta fortalece las posibilidades de Negociación Colectiva en los sectores de la economía público y el privado, lo cual es reconocido por el Comité de Derechos Humanos, Sociales y Culturales del Consejo Económico y Social de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en su informe denominado “Observaciones finales sobre el quinto informe periódico de Costa Rica” de octubre 2016, donde resalta dentro de los “Aspectos positivos”: “c) La aprobación, el 9 de diciembre de 2015, de la Reforma Procesal Laboral”.
Ante estos hechos, las organizaciones firmantes, estamos convocando a realizar este FORO SINDICAL “La Convención Colectiva en el sector público de Costa Rica: Desafíos” para que, de forma unitaria y en conjunto con la Confederación Sindical de Trabajadores y Trabajadoras de las Américas-CSA, analicemos el estado de situación y definamos estrategias para seguir y profundizar nuestra lucha.
CSA
CTRN-CSJM-CUT-CMTC
Fuentes
Confederación de Trabajadores Rerum Novarum-CTRN, Pronunciamiento: Condenamos la actuación de la UCCAEP al presentar una declaratoria de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Convención Colectiva SITRAPEQUIA-RECOPE, San José, Costa Rica, 17 de noviembre de 2016
http://anep.or.cr/article/empleo-publico-la-conjura-continua-4/
http://anep.or.cr/article/proyecto-19506-contra-el-empleo-publico-es-un-ataq/
http://www.ilo.org/sanjose/sala-de-prensa/WCMS_507711/lang–es/index.htm, Noticia, 1 de agosto de 2016.